Ciudad Juárez, Chih.- A pesar de haber presentado la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en tiempo y forma, existen diversos factores que pueden impedir que realicen el depósito del saldo a favor a la cuenta del contribuyente.
Uno de los errores más frecuentes por parte del titular es olvidar marcar la opción de “devolución” al presentar la declaración. Sin esta indicación, el sistema no procesa el saldo a favor, explicó la dependencia fiscal. Además, si la CLABE interbancaria que proporcionó está mal escrita, no corresponde a una cuenta activa o no está a nombre del titular, el SAT no podrá realizar el depósito.
Por otra parte, cuando el monto a devolver supera los 10 mil pesos, el SAT exige presentar la declaración con la e.firma. Si solo utilizó la contraseña, el sistema puede rechazar la devolución.
Aparte, es común que varias facturas electrónicas no sean válidas si no incluyen información completa o no corresponden a conceptos deducibles. Si el SAT le pidió incluir comprobantes, recibos o documentación adicional y no los adjuntó en su declaración, su saldo a favor no será devuelto, pues no pueden validar lo declarado.
Para saber si su devolución fue aceptada, rechazada o está en proceso, debe seguir los siguientes pasos: ingresar a sat.gob.mx; acceder con su RFC y contraseña o su e.firma; seleccionar el botón “Declaraciones y pagos personas físicas”, luego seleccionar “Devoluciones y compensaciones”; en la ventana emergente podrá consultar el estado de la devolución automática.
Según lo dispuesto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, cuando un contribuyente solicita una devolución, la autoridad fiscal cuenta con un máximo de 40 días hábiles para efectuarla, contados a partir de la fecha en que presentó la solicitud completa, incluyendo el número de cuenta para realizar la transferencia electrónica correspondiente.
Por otro lado, la misma disposición establece que, en caso de ser necesario, la autoridad fiscal puede requerir información o documentación adicional relacionada con la solicitud. Este requerimiento debe realizarse en un plazo no mayor a 20 días hábiles después de haber recibido la petición del contribuyente.
Además, cuando autodeterminen saldo a favor de algún impuesto o por un pago de lo indebido, tiene el derecho de solicitar su devolución, para lo cual el SAT pone a disposición la presentación en línea del Formato Electrónico de Devolución, así como las facilidades de consultar su seguimiento.