Monterrey, México.- Con la entrada en vigor de la reforma a las preventas inmobiliarias en Nuevo León, el 17 de marzo, algunas desarrolladoras buscarán eludir la obligación de hacer devoluciones de anticipos mediante cláusulas de espera en los contratos, advirtió León Acosta, director jurídico de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) en Monterrey.
Estas cláusulas consistirían básicamente en incorporar al contrato un "limbo legal" en el que el cliente esté forzado a una espera indefinida, sin derecho a exigir su devolución e intereses, si los permisos de la desarrolladora vencen y se detiene la construcción, de acuerdo con el especialista.
Y aunque suenen a artimañas, explicó Acosta en entrevista, estas figuras se sustentan en un principio jurídicamente defendible, conocido como "libertad contractual", que prioriza el cumplimiento de los acuerdos entre dos partes sin que algún poder público o tercero de cualquier tipo interfiera. Agregó que si bien la reforma establece que es irrenunciable el derecho del inversionista a recibir devoluciones con intereses en caso de que un proyecto se detenga, existe este margen legal que podrían usar las desarrolladoras para deslindarse y que un juez en materia civil les dé la razón.Y es que con ese "limbo legal" el derecho del cliente y el plazo de 60 días para realizar devoluciones ni siquiera entrarían en vigor hasta que la desarrolladora resuelva su impedimento.
Los propios desarrolladores reconocen que la principal razón por la que se detienen o cancelan proyectos inmobiliarios en la Ciudad es el vencimiento de las licencias de construcción y justo por ello Acosta pronosticó que buscarían blindarse. "Esta reforma es un gran avance, pero si las personas firman documentos sin saber qué están firmando, van a seguir corriendo los mismos riesgos de incumplimiento", sostuvo Acosta el especialista. Entre las principales tácticas jurídicas, refirió, se encontraría plantear un mecanismo llamado "caso fortuito", en el que la desarrolladora declare un problema extraordinario -como una falta de permisos gubernamentales- que obligue al cliente a esperar indefinidamente hasta que la emergencia se resuelva. Este "caso fortuito", señaló, se complementaría con un arma denominada "término suspensivo", que evita que se active legalmente el derecho del inversionista a recibir su devolución, exentando a la empresa de cumplir su deber bajo la excusa de que ocurrió una situación inesperada. Beneficiándose del desconocimiento de los clientes en materia legal, desarrolladoras y asesores inmobiliarios podrían elaborar contratos que posterguen sus obligaciones de esa forma, por lo que Acosta recomendó a los futuros inversionistas siempre contar con acompañamiento jurídico al adquirir un inmueble en preventa.
