Ciudad de México.- Una jueza federal blindó al Contralmirante Fernando Farías Laguna para que no sea encarcelado en el Penal del Altiplano, en caso de que este miércoles comparezca y lo vinculen a proceso, no obstante que le atribuyen un delito con prisión obligatoria por el caso de huachicol fiscal.

El sobrino político del ex Secretario de la Marina, Rafael Ojeda, se encuentra prófugo de la justicia por delincuencia organizada, con fines de cometer delitos en materia de hidrocarburos, un ilícito que tiene prevista la prisión preventiva de oficio, es decir, sin posibilidad de llevar el proceso en libertad.

Emma Cristina Carlos Ávalos, Juez Décimo Primero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, emitió un acuerdo para aclarar que la suspensión provisional que concedió al Contralmirante prohíbe que le ejecuten la prisión preventiva oficiosa, en caso de ser procesado.

"No podrá ser privado de su libertad, aunque comparezca ante el Juez de control a la audiencia inicial (bajo los efectos de la suspensión) y eventualmente se le imponga la medida cautelar de prisión preventiva (justificada u oficiosa), a petición del Ministerio Público, toda vez que dicha medida no será ejecutable durante la suspensión concedida, ya que el solicitante estará bajo la jurisdicción del Juez de Distrito en lo que respecta a su libertad personal, siempre que la suspensión siga vigente", dice el acuerdo aclaratorio al que REFORMA tuvo acceso.

La jueza fundamenta su postura con base en dos jurisprudencias del Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.

Una de ellas establece que la suspensión provisional de amparo impide captura de una persona con orden de aprehensión por delitos con prisión preventiva de oficio y prohíbe ejecutar la misma medida cautelar, en caso de que la dicte el Juez de control.

La otra jurisprudencia autoriza aplicar el criterio anterior por encima de la reforma de supremacía constitucional, que prohíbe a los jueces hacer interpretaciones de la Carta Magna y los obliga a aplicar la ley en forma literal, lo que en teoría impide dar este tipo de suspensiones.

El Pleno Regional señala que la citada reforma, en vigor desde el 1 de enero de este año, se hizo exclusivamente sobre artículo 19 constitucional, que prevé cuáles son los ilícitos con prisión de oficio, y no sobre los apartados que regulan los amparos y suspensiones.

Por requerimiento de Emma Cristina Carlos, jueza electa en junio pasado, su homólogo Mario Elizondo Martínez, del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, citó al Contralmirante a una audiencia inicial este miércoles a las 9:00 horas.

Por lo regular, bajo este tipo de escenarios, los imputados nunca asisten a las audiencias porque se exponen a ser detenidos por nuevas órdenes de aprehensión tramitadas horas antes de sus comparecencias o, incluso, con órdenes de localización y presentación que gira la FGR con base en investigaciones distintas a las judicializadas.

En caso de que el mando de la Armada no asista a la diligencia programada, la suspensión provisional quedará sin efecto y la FGR volverá a tener la oportunidad de perseguirlo y capturarlo sin impedimento alguno.

No obstante, el jueves la jueza llevará a cabo la audiencia incidental en la que resolverá si concede o no la suspensión definitiva al imputado.

El Contralmirante Fernando Farías y su hermano, el Vicealmirante Manuel Roberto, preso en el Altiplano, están acusados por la FGR de presuntamente encabezar una red de corrupción de marinos en las Aduanas y contrabandear 31 buques con combustibles en Altamira y Tampico.