Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia aplazó hoy la discusión para aclarar si las fiscalías pueden asegurar bienes sin orden judicial previa.
Luego de una sesión privada relativamente larga, el Secretario General de Acuerdos anunció que se retiran de la lista una contradicción de criterios y dos amparos en revisión, que contienen propuestas en sentido opuesto sobre el tema en cuestión.
No hay fecha, por ahora, para retomar el asunto. La nueva integración de la Corte, de manera reiterada, ha listado proyectos de casos relevantes para luego retirarlos, ya sea modificando la lista, o anunciándolo al inicio de las sesiones públicas.Grupo REFORMA publicó este lunes que la Ministra María Estela Ríos, quien fue consejera jurídica del Presidente Andrés Manuel López Obrador, planteó en su proyecto que el aseguramiento es una técnica de investigación y medida precautoria que sólo provoca afectaciones provisionales, pues los bienes pueden ser devueltos si no se prueba relación con un delito.
"El aseguramiento de bienes en términos del artículo 229 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), no requiere control judicial previo por parte del Juez y, por tanto, puede decretarse por el Ministerio Público (con auxilio de la policía, de ser necesario) durante el curso de una investigación penal", se lee en la propuesta. Por tratarse de una contradicción de criterios, basta el voto de cinco Ministros para aprobar la jurisprudencia obligatoria. En 2018, la anterior integración de la Corte sostuvo la postura contraria, al establecer que "la intervención de los jueces de control en la autorización de las técnicas de investigación es la regla", pero Ríos propone abandonar este criterio. Por su parte, la Ministra Yasmín Esquivel propone confirmar dos amparos otorgados a empresas afectadas por el aseguramiento de un edificio en Santa Fe, decretado en 2024 por la FGR, precisamente porque se requería orden judicial. "Al exigir un control judicial para esta figura, se protege a terceras personas que pudieran resentir alguna afectación indebida en sus derechos o bienes con motivo de un aseguramiento de bienes respecto de los cuales el investigado o imputado supuestamente se conduce como dueño", afirman los proyectos de Esquivel.También aplazan desalojos en CDMX
La Corte también bajó de la lista el proyecto de Ríos que avala una reforma de 2019 que prohíbe desalojos forzosos de inquilinos en la Ciudad de México, pero sí los permite con orden judicial.
La reforma fue impugnada por la Comisión de Derechos Humanos (CDH) capitalina, y el proyecto de Ríos ha provocado algunas protestas, incluida la realizada este lunes por un grupo de personas afuera de la Corte. "El artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías sí prevé garantías y medios apropiados de protección legal frente a los desalojos, pues, establece que únicamente pueden llevarse a cabo mediante mandamiento judicial debidamente fundado y motivado, así como a través de procedimientos y modalidades que aseguren el derecho de audiencia y el debido proceso", establece el proyecto retirado.Casos recientes aplazados
Pago de doble IVA por importaciones para maquiladoras
Retiro de apoyos del ex Conacyt a investigadores de universidades privadas Facultad de la UIF para bloquear cuentas Aseguramiento de bienes por las fiscalías Desalojo de inquilinos en CDMX con orden judicial
