La noticia nacional con la que amanecimos ayer, y por supuesto estatal, fue el intento fallido de la fiscalía anticorrupción para detener a Javier Corral Jurado, ex gobernador del estado de Chihuahua, en la Ciudad de México, el día miércoles aproximadamente a las 21:00 horas, donde casi en tiempo real y gracias a las redes sociales pudimos ver la intervención de la fiscalía anticorrupción en el restaurante Gin Gin de aquella ciudad, sin lograrlo ante la actuación del responsable de la fiscalía de dicho lugar.

Pero por qué se dio este fracaso, como lo denominó El Diario ante lo complicado que será ya detenerlo y por el obsequio casi seguro de un amparo que otorgará un juez federal (por el criterio por la prevalencia de la presunción de inocencia, que privilegia los procesos en libertad en delitos no graves, como es el caso, y sólo permite la prisión de manera muy justificada) y/o su asunción como Senador con fuero. La razón es doble, resumiéndose en un actuar precipitado y de forma indiscreta (Ciro Gómez Leyva informó que fue avisado de este operativo por la fiscalía anticorrupción).

La razón política es por todos conocida, pues al ser el objetivo político de la gobernadora y por ello del fiscal anticorrupción (un panista reconocido como tal), al saber que en dieciséis días (el 01 de septiembre de 2024) asumiría como Senador con fuero que impediría su detención, se precipitaron, pues es conocido a nivel nacional este interés de la gobernadora por detenerlo después de que ella fue vinculada a proceso penal por la nómina secreta de Duarte, o sus nexos con Duarte, por un juez de Chihuahua, en el gobierno corralista, por lo que  era obvio que esta detención debía contar primero con el visto bueno de la autoridad correspondiente de aquella ciudad, lo cual debieron de cuidar, al tratarse de un personaje político sobre el cual de manera pública, tanto AMLO como Claudia Sheinbaum, han manifestado una venganza política de Maru.

La razón jurídica fue el no esperar la colaboración de agentes comisionados de la fiscalía de la Ciudad de México para intervenir en la detención, con lo que la autoridad investigadora de aquella ciudad tuvo elementos para afirmar que era una detención ilegal, pues violentaba lo establecido en el precepto doce fracción V del “Convenio de Colaboración que celebran la Procuraduría General de la Republica, la Procuraduría General de Justicia Militar y las procuradurías y fiscalías generales de justicia de las entidades federativas”, por no estar autorizados para dicha intervención los agentes de Chihuahua, es decir, se precipitó la fiscalía anticorrupción de Chihuahua en su urgencia por detener al exgobernador en territorio ajeno.

Dicha disposición establece “La Procuraduría requerida podrá autorizar expresamente a la requirente para que agentes de esta última se internen en el territorio de la primera, a fin de ejecutar la orden correspondiente y efectuar el traslado. Esta autorización deberá hacerse por el procurador o fiscal por cualquier medio. En lo conducente, se aplicará lo dispuesto en el apartado B de la cláusula DECIMA de este acto jurídico”.

Y aunque la fiscalía anticorrupción ha argumentado que sí contaban con un oficio de aceptación de colaboración, lo cierto es que no era tal sino un oficio interno de la Fiscalía de la Ciudad de México remitiendo la petición de la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua al director general de Atención y Cumplimiento de Ordenamientos Judiciales, para brindar el apoyo correspondiente, es decir no iba dirigido a la Fiscalía Anticorrupción aceptando la colaboración, y dicho servidor público aún no respondía a dicha solicitud, pues fue girado unos minutos antes de la actuación de los agentes de Chihuahua.

Lo anterior se confirma en el último párrafo de dicho oficio donde se establece la necesidad de la intervención de agentes de la fiscalía de la Ciudad de México, a la cual no se esperaron, no sólo para la colaboración correspondiente, sino para cuidar el respeto a los derechos humanos y la legalidad en la detención de una persona en la Ciudad de México por agentes de otra entidad federativa, pues ahí claramente se estableció “…deberá exhortarse a los agentes de la policía de investigación de esta institución que participen en la colaboración con los elementos de nuestra homóloga requirente, para que en cumplimiento de sus funciones, respeten y hagan respetar en todo momento los estándares de protección de los Derechos Humanos reconocidos en la Ciudad de México, así como la legislación aplicable en esa entidad” 

No cabe duda que les ganó el tiempo por detener a Javier Corral y les jugó en contra, pues pública y continuamente Javier Corral era visto en la Ciudad de Chihuahua, aún este año y en vísperas de la elección federal del 02 de junio de 2024, donde incluso recibió en su librería a la aún candidata Claudia Sheinbaum y la fiscalía no actuó, sino hasta que vio inminente que asumiría como senador con el fuero correspondiente, con lo que difícilmente después de esto podrán detenerlo, ante los amparos tramitados ya por el ex gobernador y su casi segura toma de protesta como senador.