Recientemente fueron turnadas a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado diversas propuestas legislativas: una a instancia del Grupo Parlamentario de Morena, y otra, presentada en conjunto por los coordinadores de los grupos parlamentarios del PAN y Movimiento Ciudadano. Ambas coinciden en un objetivo fundamental: dotar a la Fiscalía General del Estado de plena autonomía presupuestal, técnica y operativa.
Esta reforma es de urgente regulación para la entidad. Tras las modificaciones constitucionales federales, particularmente, la Reforma Político-Electoral de 2014 que transformó la PGR en la Fiscalía General de la República como un órgano constitucional autónomo, la inmensa mayoría de las entidades federativas adecuaron sus marcos legales locales. Sin embargo, Chihuahua se mantiene rezagada, pues hoy forma parte de un reducido grupo de apenas seis estados de la República que todavía no cuentan con una Fiscalía General plenamente autónoma en términos constitucionales. Las iniciativas presentadas contienen puntos radicalmente. Por un lado, la propuesta del PAN y Movimiento Ciudadano insiste en una línea directa desde el Palacio de Gobierno, al otorgar al Ejecutivo la facultad unilateral de enviar al Poder Legislativo la terna inicial. Por el otro, la iniciativa de Morena introduce un filtro ciudadano a través de una comisión emanada de la Jucopo, pero elimina la autonomía de la Fiscalía al proponer que el Ejecutivo destituya al Fiscal, sin el contrapeso del Poder Legislativo. Es necesario que el dictamen final que el Congreso del Estado emita se ajuste a los lineamientos que ya ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante la Acción de Inconstitucionalidad 157/2021, a efecto de blindar constitucionalmente esta reforma y evitar que sea echada abajo por los tribunales federales. Conforme a la aludida sentencia los Estados no están obligados a replicar de forma idéntica el modelo de la FGR porque la Suprema Corte reconoce su derecho a la libre configuración legislativa para adaptarse a sus realidades locales; sin embargo, les impone un piso mínimo. Bajo estos parámetros, la propuesta del Grupo Parlamentario del PAN respeta de forma estricta los lineamientos de la acción de inconstitucionalidad 157/2021, al salvaguardar la facultad del Ejecutivo para definir la terna y mantener así el equilibrio de poderes. No obstante, si bien la aludida ejecutoria no mandata una evaluación previa, la incorporación de un Comité Técnico como el que propone Morena no contradice dicha facultad; al contrario, la fortalece. Al evaluar los perfiles bajo criterios estrictamente objetivos, el Comité dota al proceso de una profunda legitimidad técnica, garantizando que la terna que el Ejecutivo envíe al Congreso del Estado se erigirá de entre un universo de excelencia probada ante un Comité Técnico de Selección integrado paritariamente por representantes de los colegios de abogados, instituciones de educación superior de la entidad y organizaciones de la sociedad civil inmersas en el sistema de justicia local, por lo que este modelo protegería el espíritu del legislador de conformar fiscalías autónomas, depurando la lista de aspirantes por criterios estrictamente objetivos y de capacidad, sin caer en el extremo de una consulta pública, la cual resultaría incompatible con la naturaleza especializada y técnica que requiere el perfil del Fiscal del Estado. El segundo gran estándar fijado en la sentencia radica en el procedimiento de remoción. La Corte resolvió que la destitución de un Fiscal Autónomo (así como de sus fiscales especializados) jamás puede quedar sujeta al arbitrio o a la instrucción directa de la gubernatura. La regulación que apruebe el Congreso de Chihuahua debe estipular que la remoción responda única y exclusivamente a causas graves debidamente tipificadas en la ley, requiriendo obligatoriamente el contrapeso e intervención formal del Poder Legislativo para validar dicha salida. Adicionalmente, Morena añadió a su propuesta legislativa un indispensable enfoque de inclusión e interculturalidad al exigir la creación obligatoria de dos nuevas instancias regionales: la Fiscalía Especializada en Personas con Discapacidad y la Fiscalía Especializada en Pueblos y Comunidades Indígenas. La justicia penal debe hablar la lengua de los justiciables, si aspira a llamarse justicia. La viabilidad jurídica de la creación de una fiscalía autónoma depende de su apego a los precedentes constitucionales, por lo que los diputados locales tienen la última palabra: o legislan con la mirada puesta en los rigurosos balances de poder que exige la Suprema Corte en la configuración de dicha institución o se arriesgan a que sea echada abajo por los tribunales federales, por inobservar los parámetros dictados por el máximo tribunal del país.