Cd. de México.- La cancelación de la deducibilidad de impuestos en los pagos que hacen bancos al Fobaproa se hizo para evitar abusos de estas instituciones y además para homologar a México con los estándares que tienen otros países en la materia como EU y Canadá, aseveró Hacienda.
"Respecto de la no deducibilidad de cuotas de la banca múltiple que van al financiamiento de los adeudos, de los pasivos del IPAB, ha estado en conversaciones con la banca comercial a partir del anuncio, pero creo que está muy claro para el sector y analistas que lo que estamos haciendo es una homologación respecto de otras jurisdicciones, por ejemplo en Estados Unidos o en Canadá.
"En EU en particular, por ejemplo, las cuotas del FDIC que es el equivalente a nuestro IPAB tampoco son deducibles de la base gravable, entonces es una armonización, digamos, respecto de estándares internacionales. Como la mayor parte de la banca mexicana es una banca internacional, que tiene legislaciones fiscales concurrentes en muchos de los lugares en donde opera, no será digamos algo que sea heterogéneo respecto de la jurisdicción fiscal que enfrentan", dijo Édgar Amador Zamora, Secretario de Hacienda y Crédito Público, en conferencia de prensa con motivo de la presentación del Paquete Económico 2026.
La Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el próximo año indica que durante el ejercicio fiscal 2026 no serán deducibles las tres cuartas partes de las cuotas pagadas al IPAB por las instituciones de banca múltiple, a efecto de evitar abusos en la deducción de erogaciones que disminuyen la base del impuesto y que no corresponden a erogaciones que deban realizarse para la generación de ingresos de las instituciones de banca múltiple.
Antonio Martínez Dagnino, jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), expuso que la no deducibilidad de las aportaciones bancarias al IPAB es una medida del Paquete que establece que las cuotas que pagan los bancos destinadas a cubrir el saneamiento financiero para el rescate bancario no están vinculadas con la actividad que genera ingresos.
"Es por esa razón que se toma esta decisión y el cálculo aproximado que se tiene es de 10 mil millones de pesos anuales", recalcó.
La Ley de Protección al Ahorro Bancario estableció la obligación del pago de una cuota a cargo de las instituciones de banca múltiple al IPAB, con la finalidad de establecer un sistema de protección al ahorro bancario.
Se instituyó que el IPAB podría disponer de las tres cuartas partes de las cuotas que paguen las instituciones de crédito para concluir los programas y liquidar las operaciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa).
La Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación 2026 indica que dicha cuotas no son una obligación general, ni pagos en favor del Estado ya que únicamente las instituciones de banca múltiple se encuentran obligadas al pago de estas cuotas.
"No se debe perder de vista que la mayor parte de dichas cuotas son destinadas a sanear al sistema financiero por el rescate bancario del Fobaproa", inscribe el documento.