Entre enero y abril del presente año, la Fiscalía General del Estado (FGE) ha iniciado mil 772 carpetas de investigación por el delito de lesiones dolosas dentro de las que aparece dos mil 206 víctimas, lo que representa un incremente del 15.8% respecto al mismo periodo de 2025.

El año pasado, al cierre de abril habían sido abiertas mil 534 expedientes en la entidad con mil 905 personas afectadas, de acuerdo con los datos recopilados por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

La estadística indica que, este año, en 111 casos las víctimas fueron lesionadas con arma de fuego; en 158 más con arma blanca; en mil 443 fue utilizado otro elemento y en 494 no pudo especificarse el objeto utilizado para dañar.

En 2025 hubo más lesionados con arma de fuego, 131, aunque los de arma blanca fueron un poco menos con 151 casos. En mil 623 evento fue utilizado otro elemento y no hubo casos donde no pudiera especificarse el medio comisivo.

El año pasado cerró con un total de seis mil 757 víctimas de lesiones dolosas y cinco mil 462 carpeta de investigación.

En comparación con años anteriores, hubo un ligero incremento respecto a 2024 que cerró con seis mil 571 víctimas en cinco mil 127 carpetas de investigación; no obstante el aumento fue mayor respecto a 2023 - 21.8%-, durante el cual quedaron registradas cinco mil 547 personas afectadas en cuatro mil 453.

El delito de lesiones está previsto en el artículo 129 del Código Penal del Estado, el cual impone las penas correspondientes de acuerdo con la gravedad de las lesiones y las circunstancias particulares de la víctima y del sujeto activo.

Por ejemplo, a quien cause a otro un daño o alteración en su salud, se le impondrán de 30 a 90 días de multa si las lesiones tardan en sanar menos de 15 días, pero la pena subirá de seis meses a dos años de prisión cuando tarden en sanar más de 15 días y menos de 60.

En caso de que las heridas tomen más de 60 días en sanar, la pena será de dos a tres años y seis meses de prisión y si la lesión deja cicatriz permanente y notable en la cara la condena puede oscilar entre dos a cinco años de prisión o de tres a cinco cuando el daño disminuya alguna facultad o el normal funcionamiento de un órgano o de un miembro.

Las penas se endurecen si las lesiones producen la pérdida de cualquier función orgánica, de un miembro, de un órgano o de una facultad, o causen una enfermedad incurable o una deformidad incorregible, o cuando pongan en peligro la vida.

Hay diversas agravantes, por ejemplo que entre la víctima y el agresor haya una relación de hermandad, conyugal, de concubinato, noviazgo o la hubo, o si son adoptante o adoptado.

Las lesiones pueden perseguirse mediante querella, excepto si se cometen en contra de personas menores de dieciocho años de edad, en este caso, se investigarán de oficio.