La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en Chihuahua colocó sellos de suspensión a los proveedores Quinven Desarrollos Inmobiliarios y Durán y Asociados, Urbanización y Desarrollo de Proyectos al no contar con su contrato de compraventa de terrenos debidamente registrado ante la dependencia.

En un comunicado, expuso que derivado de denuncias ciudadanas presentadas en la Oficina de Defensa del Consumidor Zona General Felipe Ángeles, personal de la dependencia verificó a dichos proveedores y comprobó que no tienen sus contratos registrados a pesar de encontrarse obligados con la NOM 247-SE-2021 que regula las prácticas comerciales, requisitos de la información comercial y la publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados.

En el caso de Durán y Asociados, Urbanización y Desarrollo de Proyectos, además de carecer de sus contratos de adhesión registrados, los que presentaron los proveedores con los que comercializan no cumplen los elementos mínimos que establecen en la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y la NOM señalada.

Al ser colocados los sellos, la comercialización queda suspendida hasta que los proveedores subsanen la omisión o concluya su procedimiento administrativo iniciado por infracciones a la LFPC y a la NOM.

La Profeco recordó a la población que los proveedores dedicados a la comercialización de bienes inmuebles, como inmobiliarias, constructoras, desarrolladoras, deben proporcionar contrato de prestación de estos servicios y tenerlos registrados ante la Procuraduría.

Los interesadas pueden consultar que el contrato esté registrado en https://rpca.profeco.gob.mx/.

En caso de que haya alguna diferencia en el clausulado o que el contrato no esté debidamente registrado, la Profeco exhortó a presentar la denuncia correspondiente.

Además sugirió leer todo el contenido del contrato para confirmar que esté plasmado lo que ha ofrecido el proveedor y que comprueben que la propiedad que van a adquirir sea susceptible a comercializarse, ya que estos agentes deben reunir una serie de requisitos establecidos en la NOM-247-SE 2021, como contar con las licencias, permisos y autorizaciones que requieran las diferentes acciones urbanísticas de acuerdo con la legislación local, tales como: uso de suelo, construcción, edificaciones, fraccionamientos, subdivisiones, fusiones, relotificaciones y condominios.

La Procuraduría también recomendó revisar el comportamiento comercial del proveedor en el Buró Comercial donde pueden consultar si tienen quejas y cuántas, https:// burocomercial.profeco.gob.mx/

En caso de presentarse algún inconveniente o las personas consumidoras requieran de asesoría, la Profeco puso a disposición sus canales de comunicación: Teléfono del Consumidor 55-5568-8722 y 800-468-8722; las 38 Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO) en el país; Concilianet; Conciliaexprés; y las redes sociales X: @Atencionprofeco y @Profeco, y Facebook: Profecooficial.