Chihuahua, Chih.- El juez Manuel J. pudo ser procesado penalmente sin declaración de procedencia del Congreso debido a que ya no ejercía funciones jurisdiccionales, al encontrarse suspendido de manera formal por el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), explicó la magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Marcela Herrera Sandoval, quien además aclaró que su renuncia no invalida las resoluciones que emitió antes de ser suspendido y que éstas sólo pueden modificarse a través de los recursos legales correspondientes.

Herrera Sandoval explicó que la Sexta Sala Penal determinó que no existía impedimento procesal para proceder contra el juzgador, toda vez que el fuero constitucional constituye una garantía de protección para la función pública y el cargo, no para la persona de manera individual. Bajo ese criterio, la suspensión formal de sus labores dejó sin efecto la protección vinculada con el ejercicio de la función jurisdiccional, por lo que no era necesario que el Congreso del Estado emitiera una declaración de procedencia para permitir su procesamiento penal.

La suspensión del juez ocurrió después de que su actuación en distintos asuntos judiciales generara cuestionamientos. Uno de los casos que derivó en la medida fue el de la maestra Edna Marilyn Chávez Loya, ocurrido en Hidalgo del Parral, donde el juzgador modificó la clasificación jurídica planteada inicialmente por la Fiscalía y determinó que los datos presentados no acreditaban el delito de feminicidio, por lo que el asunto quedó bajo la figura de homicidio culposo o imprudencial.

Otro de los asuntos que antecedieron al proceso penal fue la resolución dictada el 23 de diciembre de 2025, cuando Jurado Torres modificó la medida cautelar de prisión preventiva impuesta a Julio César M. V., quien enfrentaba un proceso por violación y violencia familiar, para permitirle continuar el procedimiento bajo resguardo domiciliario. La determinación ocurrió durante el periodo vacacional del Poder Judicial y posteriormente quedó incorporada a la investigación que derivó en la acusación penal contra el juzgador.

El caso de la medida cautelar cobró particular relevancia porque, de acuerdo con los señalamientos formulados durante la investigación, la audiencia había sido solicitada por la defensa del imputado y Jurado Torres intervino después de que otra jueza había impuesto la prisión preventiva. La Fiscalía sostuvo que el juzgador habría rebasado los límites de esa actuación al cuestionar los argumentos de la jueza que había dictado la medida, mientras que la defensa del imputado obtuvo el cambio de condición procesal.

La situación del juzgador cambió esta semana, cuando fue detenido por la Fiscalía Anticorrupción y posteriormente quedó vinculado a proceso por el delito de prevaricación agravada. En la audiencia obtuvo la suspensión condicional del proceso por 12 meses, con la renuncia al cargo como parte de las condiciones para acceder a esa salida alterna.

Aun con la renuncia, Herrera Sandoval aclaró que las resoluciones emitidas por Manuel J. mientras estuvo en funciones no pierden validez de manera automática, por lo que las determinaciones adoptadas en casos como el de Julio César M. V. y el de Edna Marilyn Chávez Loya permanecen firmes mientras ninguna autoridad competente las modifique mediante los procedimientos previstos por la ley.

La presidenta del TSJ precisó que las resoluciones judiciales únicamente pueden ser modificadas o revocadas a través de los recursos ordinarios de apelación o mediante un juicio de amparo promovido por las partes procesales inconformes, por lo que la salida del juzgador del Poder Judicial no tiene, por sí misma, el efecto de cancelar las decisiones que tomó antes de su suspensión.( Con información de Ismael Carrillo González / El Diario)