Cd. de México.- La nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación aceptó analizar y decidir sobre la expedición de actas de nacimiento para niños nacidos en vientres alquilados, a quienes generalmente se les niega el documento por lo que no pueden salir del País.
Por siete votos a favor y dos en contra, de Hugo Aguilar Ortiz y Yasmín Esquivel, la mayoría de ministros de la Corte aceptó ejercer su facultad de atracción y revisar la contradicción de criterios 38/2025 entre el Tercero y Segundo Tribunales Colegiados del Vigésimo Séptimo Circuito, con residencia en Cancún, Quintana Roo.
El Segundo Tribunal Colegiado otorgó un amparo a los padres del niño con el argumento de que éste tiene derecho a contar con una identidad, y en un caso similar, el Tercer Tribunal negó la suspensión.
El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Sur solicitó a la Corte resolver la controversia
Los nuevos Ministros, que asumieron el pasado 1 de septiembre, analizarán el difícil tema de la renta de vientres, cuya ausencia de legislación ha generado múltiples violaciones a derechos humanos y problemas difíciles de resolver para la justicia federal, sobre todo en casos de extranjeros que alquilan el vientre de mujeres mexicanas.
En julio pasado, los anteriores ministros ampararon a una mujer sinaloense que rentó su vientre, tuvo gemelos, y fue obligada a comprometerse con indemnizar a la pareja contratante si perdía a los bebés.
El caso llegó a la Corte debido a la disputa sobre qué nombre debería quedar en el rubro de los padres en el acta de nacimiento expedida por Jalisco, un estado sin regulación en la materia.
En diciembre de 2024, la Corte desechó, por tres votos contra dos, un proyecto que declaraba inconstitucional el sistema de registro de menores en Jalisco, porque no prevé expedir actas de nacimiento para bebés nacidos por subrogación.
Desde 2021, la Corte exhortó a los congresos federal y estatales a legislar este tema de manera "urgente y prioritaria", luego de revisar la norma de Tabasco, una de las dos entidades que lo regulan, y de reconocer el derecho de las mujeres para celebrar este tipo de contratos, pero hasta el año pasado sólo en Tabasco y Sinaloa habían regulada la gestación por sustitución en México.
"En contraste, Querétaro y San Luis Potosí han incluido artículos en sus códigos Civil y Familiar que desconocen explícitamente este tipo de acuerdos y establecen que siempre se presumirá la maternidad de la mujer gestante. En el resto del País, la gestación subrogada permanece desregulada", indicó el estudio "Efectos inesperados. Feminismos y Apuestas Penales en México" del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
Ante ello, alerta el estudio, se producen múltiples violaciones a derechos humanos relacionadas con esta práctica en México, como ausencia de contratos, abusos por parte de clínicas y agencias, negación de documentos de identidad a las y los niños nacidos a partir de estos acuerdos, criminalización de las mujeres gestantes, entre otros.