Cd. de México.- Las organizaciones Laboratorio Electoral y el Consejo Nacional de Litigio Estratégico presentaron ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un juicio para que resuelva la contradicción que existe en materia de reelección de Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electora del Poder Judicial de la Federación.

En un comunicado, explicaron que la contradicción deriva del principio de no reelección y la improrrogabilidad de las magistraturas previstas en el artículo 99 de la Constitución y la disposición transitoria de la reforma judicial publicada el 2 de junio pasado, que permite su reelección en la elección federal de 2028.

Señalaron que el juicio presentado no cuestiona la facultad del órgano reformador ni impugna la reforma, si no que plantea que dos contenidos del propio texto vigente de la Constitución ofrecen respuestas incompatibles a una misma pregunta: si las magistraturas designadas bajo el régimen original pueden reelegirse.

La demanda, indica el comunicado, pide que sea la Corte la que fije la lectura que armonice ambos contenidos y preserve la coherencia del texto constitucional, ya que la Sala Superior del Tribunal no debe ser juez y parte.

"La competencia corresponde al Pleno de la Suprema Corte, y no a la propia Sala Superior, que no puede ser juez y parte respecto de su propia integración", plantea.

Las organizaciones confiaron en que la Corte resolverá la contradicción de manera que se preserve el principio de no reelección y la integridad de orden constitucional democrático, además de generar certeza de cara a los procesos electorales venideros.

"El orden constitucional reconoce un plazo cierto a un amplio conjunto de cargos públicos, en los que la temporalidad definida funciona como instrumento de rendición de cuentas, de alternancia y, tratándose de funciones jurisdiccionales, de independencia frente a quienes los designan.

"De aceptarse que una disposición transitoria exceptúe, para personas determinadas, un principio inscrito en el cuerpo permanente de la Constitución, sin modificar el régimen general que los rige, se abriría esa misma posibilidad respecto de cualquier cargo con temporalidad cierta. Por ello, estimamos que corresponde a la Suprema Corte preservar la coherencia del diseño constitucional", indica.