Los cuatro partidos de Oposición impugnaron los acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE) que cancelan la anulación automática de las llamadas "boletas planchadas" y que elimina el cruce de información de solicitantes para ser observadores electorales para evitar que sean operadores de programas sociales.

En diferentes fechas, los partidos Somos, Movimiento Ciudadano, Revolucionario Institucional y Acción Nacional presentaron ante la Sala Superior del Tribunal del Poder Judicial de la da Federación (TEPJF) recursos de apelación contra los acuerdos 542 y 548, aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

El acuerdo 542 del INE se refiere a los lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal de las elecciones federales del proceso electoral 2026-2027, en donde está considerado el proceso para que no sea en la casilla donde, antes del conteo de votos, se anulen las boletas que no estén marcadas con un doblez, como había sido la práctica común en diversos procesos electorales.

El nuevo criterio establece que, cuando se detecte una boleta que no presente marcas de los dobleces necesarios para su depósito en la urna, la boleta no será clasificada ni capturada en ese momento y quedará reservada para que el Pleno del Consejo Distrital correspondiente determine si procede computarla o no computarla.

En la casilla se deberá dejar constancia del incidente en el acta circunstanciada correspondiente, indicando, al menos, la entidad, distrito, sección y tipo de casilla, el número de boletas detectadas bajo este supuesto, la hora de la detección y las personas presentes.

Sin embargo, los representantes de los partidos políticos han advertido que tal criterio abre la puerta al fraude electoral, porque se podrían aceptar votos que no entraron en la urna.

Además, que se propicia que, durante el traslado de paquetes electorales a los Consejos Distritales, se puedan manipular los resultados para meter las llamadas "boletas planchadas".

En los recursos de apelación que presentaron tanto PAN como PRI contra los lineamientos sobre los cómputos distritales se precisa que la impugnación es exclusivamente en las porciones relativas a boletas sin marcas de doblez.

Los cuatro partidos de Oposición también impugnaron el acuerdo 548 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre las Convocatorias para que la ciudadanía participe como Observadora Electoral en el Proceso Electoral Concurrente 2026-2027.

En este acuerdo se canceló la posibilidad de que hubiera el cruce de información para determinar si los solicitantes eran al mismo tiempo servidores públicos a cargo de la operación de programas sociales, como son los llamados Servidores de la Nación, que llevan el registro de las pensiones de adulto mayor y discapacidad, así como las becas en diferentes niveles educativos.

En el acuerdo quedó estipulado que los aspirantes a observadores electorales deberán solo afirmar, bajo protesta de decir verdad, si son o no funcionarios públicos vinculados a programas sociales.

La Oposición ha argumentado que eso no basta para evitar que con la acreditación de observadores electorales, los operadores de los programas sociales estén presentes en las casillas para presionar, con su sola presencia, cómo debe ser el voto de los beneficiarios.

Sobre las "boletas planchadas", el INE ha argumentado que debe sujetarse a las causales establecidas en la ley y actuar dentro del ámbito de sus atribuciones.

Por lo que, en consecuencia, las boletas sin doblez no serán validadas ni desechadas de manera automática, y que cada deberá documentarse, analizarse integralmente y resolverse conforme a la ley y a los criterios del Tribunal
Electoral.
Pese a las críticas de la Oposición, el INE aseguró que garantiza la transparencia y certeza de las elecciones.