Este mes de septiembre, en el Senado de República será votada la iniciativa de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio.
¿Pero de dónde viene esa iniciativa? Fue una iniciativa enviada al Congreso de la Unión por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. Y busca garantizar que el feminicidio sea investigado con protocolos homologados y especializados en todo el país, así como homologar las penas, garantizando que en todas las fiscalías se trabaje igual el delito de feminicidio y evitar al máximo que pueda ser catalogado como suicidio.
Y usted se preguntará: ¿Cuál es la necesidad de expedir una Ley General si el feminicidio se encuentra ya tipificado en los códigos penales de las entidades federativas? Pues precisamente para homologar las penas, describir con claridad el tipo penal, y sus agravantes, porque no todos los estados lo tipifican de la misma manera.
Por ejemplo, en el caso de Chihuahua, establece una penalidad de 40 a 60 años de prisión en contraste con Baja California que establece una penalidad de 20 a 50 años de prisión, y Chiapas que establece de 55 a 100 años de prisión, solo por mencionar algunos estados.
Por lo que se pretende establecer en esta nueva ley una pena para el delito de feminicidio de 40 a 70 años de prisión, además se constituyen nueve razones de género tales como signos de violencia sexual, antecedentes de violencias, delitos motivados por estereotipos o prejuicios y la existencia de relaciones de poder.
Sumado a lo anterior, se constituyen 21 agravantes entre ellas, que la víctima sea niña, adolescente, adulta mayor o que viva con alguna discapacidad; que se encuentre en situación de movilidad; que el delito se cometa frente a hijas o hijos, o que sean miembros de los pueblos originarios, entre otros.
Sin embargo, hay algo que no debemos perder de vista: el problema nunca ha sido solamente con cuánta pena de prisión se castiga el feminicidio, sino cuántos feminicidios ni siquiera se investigan correctamente como tales.
De poco sirve aumentar las penas si una muerte violenta de una mujer no se investiga con perspectiva de género y termina por señalarla como suicidio, accidente o cualquier otro delito.
Otro punto muy importante que introduce esta nueva ley es que en este delito la acción penal, la sanción y la reparación del daño serán imprescriptibles.
También, la persona responsable perderá derechos sucesorios, la patria potestad de hijos e hijas, así como la tutela, curatela, guarda y custodia, y será destituido e inhabilitado para el desempeño de cualquier cargo público.
¿Y por qué esta nueva ley nos debería de importar como ciudadanas y ciudadanos? Pues mire usted, ha sido un delito que ha permanecido vigente pues tan solo en la zona norte del estado de Chihuahua integrada por los municipios de Juárez, Práxedis G. Guerrero, Ahumada y Guadalupe D.B del 1 enero de 2021 al 10 de julio de 2026 hubo 107 carpetas de investigación iniciadas por el delito de feminicidio, según información proporcionada a través de transparencia por la Fiscalía General del Estado. Siendo el año 2023 el más alto con 27 carpetas de investigación iniciadas por este delito.
Ahora bien, respecto de las edades de las víctimas en ese mismo periodo, encontramos a 46 víctimas de 18 a 29 años; 31 víctimas de 30 a 39 años; 11 víctimas de 40 a 49 años; 10 víctimas de 50 a 59 años; 6 víctimas de 60 años o más; 4 víctimas de 0 a 11 años y 3 víctimas de 11 a 17 años.
Y estas cifras nos recuerdan algo que ninguna ley puede ocultar: detrás de cada carpeta de investigación hay una mujer a la que le arrebataron la vida y una familia que exige justicia.
La nueva Ley General en materia de feminicidio representa un avance necesario, porque no puede seguir dependiendo del estado en el que una mujer sea asesinada la forma en que se investigue su muerte o la sanción que corresponda. Pero tampoco debemos engañarnos: una nueva ley no significa, por sí misma, terminar con la impunidad.
El verdadero reto estará en las fiscalías, en las policías, en los peritajes, en los tribunales y en la capacidad del Estado para investigar desde el primer momento con perspectiva de género. Porque frente al feminicidio, México no necesita solamente mejores leyes; necesita instituciones capaces y dispuestas a cumplirlas.