Chihuahua.- En el contexto de una serie de solicitudes de información formuladas al Gobierno federal en relación con el caso de El Pinal y agentes extranjeros, el Comité de Transparencia de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) emitió una resolución oficial para clasificar como información reservada los datos estadísticos sobre informes mensuales de la CIA y las autorizaciones de personal de Inteligencia en Chihuahua.
Argumentó la dependencia federal que la divulgación de dichos expedientes, aún en su estadística, pondrían en riesgo la seguridad nacional, afectaría la cooperación bilateral con Estados Unidos y dañaría las relaciones diplomáticas de México.
En consecuencia, establecieron un periodo de reserva de cinco años para proteger los documentos confidenciales, fundamentando la decisión en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la legislación sobre seguridad nacional.
A su vez, tanto la oficina de la Presidencia de la República, la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), declararon inexistencia o incompetencia de las diversas solicitudes de información realizadas a las mismas con relación a dicho asunto periodístico.
El artículo 71 de la Ley de Seguridad Nacional y los lineamientos emitidos al respecto en enero de 2021 establecen la obligación de que los agentes extranjeros acreditados registren su estancia y entreguen informes mensuales de sus actividades a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
La solicitud registrada con el folio 340026800161926, ingresada a la Plataforma Nacional de Transparencia el 29 de junio de 2026, requirió el "dato numérico y estadístico sobre el total de reportes de actividades mensuales que las agencias del Gobierno de Estados Unidos de América (específicamente la Agencia Central de Inteligencia, CIA) entregaron formalmente a las autoridades del Estado Mexicano durante el primer cuatrimestre de 2026.
La solicitud de transparencia abarcó también la entrega de constancia de opinión técnica o autorización emitida para la presencia de personal de Inteligencia en el estado de Chihuahua.
La Subsecretaría para América del Norte (SSAN) informó mediante el correo electrónico SSAN2340/2026, fechado el 6 de agosto de 2026, que "no se localizó información relativa a lo señalado por el peticionario".
La Dirección General de Asuntos Especiales y Modernización Fronteriza (DGAEMF) tramitó la clasificación reservada a través del oficio DAE01355/2026 el 10 de agosto de 2026.
La DGAEMF sostuvo en su informe que los datos requeridos no corresponden a simples cifras públicas.
"Dar a conocer la información mencionada no constituye simple información estadística, toda vez que pueden realizar análisis de estos datos, lo que reflejaría el estado y variaciones de la colaboración en materia de seguridad entre nuestro país y otras naciones", apuntó.
Asimismo, justificó que revelar detalles sobre agentes extranjeros "podría llegar a ser del conocimiento de grupos de la delincuencia organizada, mismos que podrían tratar de contrarrestar las acciones del Gobierno de México".
El Comité de Transparencia de la SRE emitió la resolución CTA261/2026 el 10 de agosto de 2026, suscrito por Adriana García Arias, directora de Área en la Unidad de Transparencia; Manuel Pedraza Aguirre, titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control; y Guillermo Sierra Araujo, director de Archivos.
La resolución confirmó la reserva total por cinco años bajo las fracciones de la ley que protegen la seguridad nacional y la conducción de negociaciones internacionales, con el argumento de que la difusión vulneraría compromisos multilaterales como el Entendimiento Bicentenario y la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.
En el folio 340026800161826, tramitado mediante el oficio UDT06159/2026 del 7 de agosto de 2026, la SRE atendió la petición en que solicitó la entrega en versión pública sobre la Nota Diplomática enviada por México a causa de los hechos registrados el 19 de abril de 2026 en la Sierra de El Pinal, municipio de Morelos, Chihuahua, donde fallecieron dos ciudadanos estadounidenses y aseguraron un narcolaboratorio.
La Subsecretaría para América del Norte (SSAN) confirmó que en la Nota Diplomática enviada el 21 de abril de 2026, el Gobierno mexicano "expresó las condolencias del Gobierno de México por el fallecimiento de dos ciudadanos estadounidenses, manifestó preocupación por la participación de personal estadounidense en actividades realizadas en territorio nacional al margen de los mecanismos de coordinación bilateral y solicitó información para el esclarecimiento de los hechos".
Respecto a la solicitud de entregar la contestación formal del Gobierno de Estados Unidos, la SRE omitió dar respuesta, y en su lugar, remitió a los enlaces oficiales de las versiones estenográficas de las conferencias matutinas de la presidenta Claudia Sheinbaum de los días 20, 21 y 22 de abril de 2026.
En la versión del 22 de abril de 2026, la titular del Ejecutivo federal declaró que la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) intervino a petición del Gobierno estatal "sin conocimiento de la presencia de personal extranjero" y confirmó que requirió información a la Embajada estadounidense para aclarar las actividades reportadas.
Presidencia se declara incompetente y redirige a la Secretaría de Seguridad
Ante la solicitud 341000100081226, formulada para obtener las fichas técnicas y tarjetas ejecutivas del Gabinete de Seguridad que sustentaron los pronunciamientos públicos de las conferencias matutinas sobre lo ocurrido en Chihuahua, la Presidencia de la República respondió mediante el oficio OPR-CT-0012026 el 3 de julio de 2026.
La Unidad de Transparencia de la Presidencia invocó el artículo 138 de la Ley General de Transparencia para declarar la notoria incompetencia institucional.
Asentó en el escrito formal que "esta Unidad de Transparencia, le informa que: [...] la Oficina de la Presidencia de la República no es competente para atender su solicitud".
El documento de la Presidencia concluyó deslindándose de los informes de seguridad y remitiendo al peticionario ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
"El sujeto obligado que pudiera contar con información de su interés es la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana", precisó.
Gobernación argumenta también falta de competencia
La Secretaría de Gobernación (SEGOB) atendió la solicitud 340026200127526 —relativa a los registros de la CIA y autorizaciones en Chihuahua— mediante el oficio SEGOB/UGAJ/ DGCCC/3343/2026 con fecha del 3 de julio de 2026, emitido por Osvaldo Iván Mendoza Méndez, director general de lo Consultivo y de Contratos y Convenios.
Respondió la dependencia federal que actuaba "en vía de orientación (sin prejuzgar la existencia de la información)", citando el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para argumentar que la atribución de sistematizar la información de seguridad corresponde a la SSPC, sugiriendo “dirigir su solicitud al sujeto obligado que a continuación enlistan: Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC)".
Posteriormente, en el folio 340026200127226, donde exigen copia de los oficios y minutas de coordinación entre SEGOB y el Gobierno de Chihuahua sobre las operaciones en la Sierra de El Pinal del 1 de enero al 25 de abril de 2026, la dependencia notificó el oficio SEGOB/UGAJ/ DGCCC/3972/2026 el 28 de julio de 2026.
El informe integró la respuesta de la Oficina del Subsecretario de Gobernación (oficio SEGOB/ SG/DA/1604/2026 de Fernando Corzo Osorio), la Dirección General de Gobierno (oficio SG/UG/DA/SA/092/2026 del subdirector Visilio Cruz Reyes) y la Dirección General Regional Noroeste y Occidente (oficio SG/ UG/DGRNO/090/2026 firmado por Emeterio Carlón Acosta).
En la resolución asentan que tras consultar los archivos de la Representación de Gobernación en Chihuahua, emitieron la respuesta "sin contar con indicio alguno de la documentación requerida".
SSPC agota prórroga de diez días y concluye con declaratoria de inexistencia
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) recibió el folio 342069800106226 para entregar el registro numérico de los informes mensuales de la CIA y las autorizaciones para agentes extranjeros en Chihuahua durante el primer cuatrimestre de 2026.
La dependencia notificó el trámite mediante el oficio SSPC/UGAJDHT/DGTBG/03078/2026 el 10 de agosto de 2026, firmado por Sandra Yadira Flores de Avila, directora general de Transparencia y Buen Gobierno.
En el documento hacen constar que el Comité de Transparencia de la SSPC, en su Décima Tercera Sesión Ordinaria del 16 de julio de 2026, "autorizó la ampliación para dar respuesta a la solicitud de información, por un periodo de 10 días hábiles adicionales al plazo original".
Una vez agotada la prórroga, el área operativa emitió el dictamen final, el cual quedó incorporado textualmente en el oficio que "después de realizada la búsqueda exhaustiva, íntegra y razonable de lo solicitado, al día de la fecha, no encontraron información al respecto".
