Chihuahua, Chih.- El viernes es el último día de plazo que tienen las empresas para el pago del aguilando según lo establecido por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo el cual debe ser entregado en la moneda en curso legal. En caso de que los patrones no cumplan con esta disposición, las sanciones a las que se pueden hacer acreedores van de los 5 mil 657 pesos hasta los 565 mil 700 pesos.

La ley que trata este tema, indica que es una prestación que será pagada en efectivo y en pesos mexicanos, sin embargo, existe la posibilidad de que con previo consentimiento del trabajador, es posible depositarlo en cuenta bancaria, tarjeta de débito o por transferencia, como ocurre en muchas de las empresas. “Si estas transacciones por medios alternativos generan algún costo adicional, este deberá ser cubierto por el patrón”, indica.

Los trabajadores, los sindicatos y las confederaciones de empleados tienen la facultad de denunciar estas violaciones a sus derechos laborales ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en caso de que no sea pagado y tienen un plazo de un año a partir del 20 de diciembre en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se les pague de forma incompleta. [email protected]