Ciudad Juárez, Chih.- Ante la disposición del Infonavit que obliga a pagar amortizaciones de crédito, aunque el trabajador haya tenido ausencias e incapacidades, Iván Pérez, presidente de la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) en Juárez, recordó a los empresarios que aún pueden ampararse.
Subrayó que desde que aprobaron la reforma, advirtieron que el artículo 29 de la ley obliga a los patrones a cubrir esos pagos a pesar de que no haya sueldo. Apuntó que, aunque el Infonavit difundió un mensaje distinto, la autoridad actuará conforme a la ley.
“Ojo, en el momento que vaya y le cobre el Infonavit por esos trabajadores o que haga el primer pago el patrón, también es el primer momento en que se está aplicando la ley, y es posible, dentro de los 15 días, acudir a un amparo en directo”, advirtió Pérez.
Con su propio dinero
Explicó que si no hay nómina, el patrón terminará pagando con su propio dinero un crédito que no es suyo. El financiamiento lo recibe el trabajador, sin embargo, el nuevo esquema obliga al empleador a subrogarse en esa obligación a pesar de que no exista pago.
“No perdieron la oportunidad (de obtener el recurso legal) por no haberse ido al amparo dentro de los 30 días del inicio de vigencia de la ley, sino que también (puede buscarse) al primer acto de aplicación, cuando pague o cuando le requieran el pago”, explicó.
El aviso oficial del Infonavit versa que los sistemas de nómina deben adaptarse desde julio, pero la medida, dijo Pérez, será obligatoria a partir del cuarto bimestre. Por ello, hizo un llamado a revisar cada caso y buscar alternativas legales a la brevedad posible.
Aunque se encuentren incapacitados
“Hablamos de que a partir de septiembre estarían aquellos patrones que no se ampararon, y que no tengan la suspensión, tendrían que pagar esas amortizaciones de sus trabajadores a pesar de que estén incapacitados y no reciban su sueldo”, puntualizó.
El pasado sábado 22 de febrero del año en curso, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó las reformas a la Ley General del Infonavit. Para el 3 de abril al menos 100 agremiados a la Canaco local habían logrado ampararse, pero dicho recurso todavía es accesible. (Alejandro Vargas)
“No perdieron la oportunidad (de obtener el recurso legal) por no haberse ido al amparo dentro de los 30 días del inicio de vigencia de la ley, sino que también (puede buscarse) al primer acto de aplicación, cuando pague o cuando le requieran el pago”
Iván Pérez, presidente de la Cámara Nacional de Comercio en Juárez