La ex secretaria de la Función Pública, Mónica Vargas Ruiz, fue inhabilitada por tres meses tras una sanción emitida por el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría de la Función Pública (SFP).

La exfuncionaria de la administración corralista intentó evitar dicha sanción a través de un amparo.

En un comunicado de prensa, la SFP detalló que, de acuerdo con   el expediente 01/2022, en marzo de 2022  el Área de Investigaciones del OIC inició una investigación en contra de Vargas Ruiz. 

En mayo de ese año, la ex secretaria fue emplazada a procedimiento en virtud del Informe de Presunta Responsabilidad, por incumplimiento en la entrega de la información y falta de aclaración de las observaciones realizadas al acta entrega recepción de la SFP.

En mayo, Vargas Ruiz presentó un amparo indirecto en contra de la Constitucionalidad del artículo 4º de la Ley Orgánica, con dependencia jerárquica y funcional del titular del Poder Ejecutivo, ante el Juzgado Décimo de Distrito.

El 10 de junio, se realizó una audiencia en la que presentó sus argumentos y manifestaciones por escrito y verbales. Ese mismo día se le otorgó la suspensión para efecto de que no se emitiera resolución.

Posteriormente, el 14 de octubre de 2022, fue amparada por parte del juzgado Décimo de Distrito, con el objetivo de lograr la inaplicación del artículo 4º de la Ley orgánica.

En noviembre de 2022 el OIC presentó un Recurso de Revisión en el Tribunal Colegiado Décimo Séptimo de Distrito.

16 meses después, el 11 de marzo de 2024, se notificó la revocación de la sentencia de amparo del juzgado Décimo de Distrito y su revisión adhesiva, así como quedar sin materia el amparo por ampliación de suspensión.

El 24 de junio de 2024 el OIC emitió la resolución sancionatoria en términos del artículo 49 fracciones I y V para inhabilitar por tres meses a la ex titular de la SFP Mónica Vargas Ruiz.