El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) quitó el triunfo a José Luis Ruiz Contreras, ex Fiscal General de San Luis Potosí y mano derecha del Gobernador pevemista Ricardo Gallardo, como magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la entidad.
Por unanimidad, los magistrados lo declararon inelegible, pues no se separó de su cargo un año antes de ser candidato, como lo establece la Constitución. Su plaza la asumirá quien tenga más votos entre quienes resultaron perdedores.
"José Luis Ruiz Contreras se ubica en la hipótesis de inelegibilidad prevista en los artículos 116 de la Constitución General y 92 de la Constitución local por haber fulgido como Fiscal General del estado dentro del año previo a la emisión de la convocatoria", indica la resolución.
En su sesión de este miércoles, la Sala Superior salvó a varios juzgadores locales cuyo triunfo estaba en aire.
Con cuatro votos contra dos, la Sala Superior revocó la decisión del Tribunal Electoral de San Luis Potosí de anular la victoria de Zelandia Borquez Estrada, pues argumentó que no era elegible porque renunció a su cargo como presidenta del Organismo Público Local Electoral (OPLE) cuatro meses antes de que fuera candidata, y debió hacerlo dos años atrás.
Esa autoridad local determinó darle el triunfo como magistrada del Tribunal de Disciplina Judicial de la entidad al segundo o tercer lugar.
Sin embargo, cuatro magistrados federales coincidieron en que ese apartado constitucional no aplicaba a la elección judicial.
"Se debe revocar la resolución impugnada, ya que la responsable hace una interpretación restrictiva de la Constitución, pues al momento en que se publicó la reforma local para la elección de personas juzgadoras, la actora había concluido su encargo como consejera electoral", indicó el magistrado Felipe de la Mata, quien presentó la resolución.
El magistrado Gilberto Bátiz, recién electo, argumentó que debían valorarse las circunstancias, pues fue una elección inédita, y resultaría desproporcionado quitarle el triunfo.
Sin embargo, Janine Otálora y Felipe Fuentes advirtieron que la Constitución es muy clara al establecer que los consejeros electorales no pueden aspirar a un cargo de elección popular hasta dos años después de dejar su puesto.
En esa misma entidad se avaló que se respetara el triunfo de cuatro magistrados y jueces a quienes se les dio el pase automático sin tener el promedio; los magistrados consideraron que la impugnación debió darse cuando fueron postulados como candidatos, no cuando ya ganaron.
La Sala también salvó a dos magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial de Michoacán, quienes no cumplieron con el promedio mínimo de 8. Se trata de José Alfredo Flores Vargas y Luis Felipe Quintero Valois.
Otálora proponía revocar sus triunfos al considerar que no cumplieron con el requisito constitucional. Sin embargo, por mayoría se decidió que la legislación local daba oportunidad de que si incumplían con esa calificación en la licenciatura, eran elegibles si tenían 9 en materias afines.