Las comunicadoras Eréndira Reyes Aguillón y Alejandra Hermosillo seguirán en libertad su proceso penal, tras ser acusadas de utilizar Inteligencia Artificial (IA) para manipular imágenes y videos, presuntamente con el fin de afectar la reputación de terceros.

Esto, luego de que un Juez de Control avalara la salida alterna durante una audiencia celebrada este viernes 5 de junio y luego de autorizarse la suspensión condicional de su proceso penal, medida que dejó sin efecto la prisión preventiva justificada a la que se encontraban sujetas en el Centro Estatal de Reinserción Social Número 1, conocido como "La Pila".

"Ambas imputadas aceptaron de manera libre su responsabilidad en los hechos que les fueron atribuidos y manifestaron su voluntad de cumplir con las condiciones establecidas por la autoridad judicial", comunicó la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP).

El acuerdo procesal establece que las acusadas deberán cumplir diversas condiciones obligatorias durante el periodo de un año. La disposición penal incluye la fijación de un lugar determinado de residencia y la comparecencia mensual para firma periódica ante el órgano judicial.

Las procesadas tienen la obligación de abstenerse de incurrir en conductas delictivas y realizar el pago correspondiente a la reparación del daño en favor de la víctima, aunque no se detalló sobre el monto.

"El incumplimiento de cualquiera de las medidas impuestas podrá dar lugar a la revocación de este beneficio, conforme a lo establecido en la legislación aplicable", advirtió la Fiscalía estatal.

La detención de la directora del portal informativo "San Wicho Times", Eréndira Reyes Aguillón, y de su hija Alejandra Hermosillo ocurrió el pasado 21 de mayo.

Elementos de la Policía de Investigación realizaron la captura bajo el amparo de la reforma al Código Penal aprobada en noviembre de 2025, denominada localmente como "Ley IA".

La legislación estatal sanciona el uso no autorizado de imágenes o voces creadas con herramientas digitales de inteligencia artificial.

La representación social imputó el delito contra la identidad de las personas tras determinar que las acusadas emplearon estructuras visuales y narrativas para simular contenidos con apariencia de veracidad.

La indagatoria ministerial señala que las publicaciones provocaron afectaciones en el honor, la reputación pública y la integridad moral de la parte denunciante.

El arresto de las comunicadoras generó pronunciamientos de rechazo por parte de agrupaciones civiles defensoras de los derechos de información.

"Los hechos aquí descritos representan un uso arbitrario de estas normas, particularmente contra voces críticas o de oposición como activistas políticos, comunicadores digitales y periodistas", señalaron en un comunicado conjunto las organizaciones Artículo 19, Reporteros Sin Fronteras, Propuesta Cívica y el Comité de Protección a Periodistas.

Las asociaciones alertaron que las disposiciones incorporadas bajo los artículos 187 Ter, 272 Bis y 272 Ter contemplan penalidades laxas que propician la criminalización de la libertad de prensa en la entidad.

Las agrupaciones cuestionaron la retroactividad del procedimiento debido a que los contenidos digitales se difundieron antes de la entrada en vigor de la reforma penal.

La defensa de los implicados interpuso recursos legales argumentando que la normativa local contempla excepciones explícitas cuando la manipulación técnica se realiza con fines periodísticos o de crítica política.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió la acción de inconstitucionalidad 132/2025 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para revertir la legislación.

Las investigaciones ministeriales de la fiscalía potosina mantienen abiertas indagatorias adicionales en contra de otros comunicadores bajo los mismos criterios jurídicos.