Como era de esperarse, tras lo suscitado en lo que se ha denominado “el conflicto entre Estados Unidos y Venezuela”, han surgido diversas opiniones respecto de las acciones emprendidas, su legalidad y los posicionamientos políticos —claramente basados en la ideología—. En este contexto, se repiten de manera constante dos conceptos con los que se justifica, o se cuestiona, la situación: soberanía y legalidad.
En este caso, nos interesa abordar el concepto de soberanía, pues es, sin duda, el que más se utiliza en el discurso político para justificar tanto acciones como omisiones por parte de los distintos actores y críticos involucrados.
En términos generales, la soberanía, tal como hoy la entendemos, surge como un concepto producto de las disputas monárquicas y clericales en Europa entre los siglos XVI y XVII, y se consolida definitivamente con la llamada Paz de Westfalia (1648), que puso fin a la Guerra de los Treinta Años. A partir de entonces, se afianza la idea de que cada Estado posee autoridad suprema dentro de su territorio y que, por ende, ningún otro puede intervenir en sus asuntos internos.
En este sentido, Jean Bodin, en su obra Los seis libros de la República (1576), plantea una concepción fundamental del Estado moderno, estableciendo que los distintos conjuntos geopolíticos denominados Estados poseen un poder supremo, perpetuo, absoluto e indivisible, que no reconoce subordinación ni dependencia respecto de otra nación. Para que ello sea posible, resulta indispensable la concurrencia de tres elementos esenciales: un territorio determinado, una población y un poder político efectivo, del cual emanan los poderes del Estado y las demás estructuras que lo conforman.
No obstante, resulta particularmente interesante observar cómo, a partir de los siglos XX y XXI, la idea de un Estado completamente independiente ha comenzado a deconstruirse. Este proceso obedece, en gran medida, a una profunda crisis derivada de la globalización, del surgimiento de organizaciones internacionales que trascienden al Estado como entidad aislada, del reconocimiento de los derechos humanos como universales y absolutos, de la necesidad de intervenciones humanitarias y, por supuesto, de una economía que supera los límites de un solo país.
De este modo, la historia nos muestra que el concepto de soberanía ha sido utilizado, en muchas ocasiones, como un discurso funcional a conveniencia. Esta afirmación se sustenta en el sinnúmero de acciones emprendidas por los Estados que forman parte de un entramado global y que, según sus intereses, interpretan la soberanía en términos “modernos” o, por el contrario, recurren a una semántica tradicionalista cuando les resulta útil.
Un ejemplo claro de ello lo constituyen los Juicios de Núremberg, celebrados entre 1945 y 1946, en los cuales el bloque vencedor decidió juzgar a individuos responsables de crímenes atroces, rompiendo con la lógica histórica según la cual la guerra concluía simplemente con la victoria militar. Mediante la creación de un Tribunal Militar Internacional, conforme al Acuerdo de Londres, se determinó el enjuiciamiento de quienes habían liderado un régimen profundamente condenable, como el surgido en la Alemania nazi.
A partir de estos acontecimientos, el mundo avanzó hacia la implementación de un sistema de responsabilidad internacional, en el que ni siquiera la jefatura o el cargo de jefe de Estado constituyen una protección frente a acciones ilegales que atentan contra la humanidad y que, por tanto, deben ser sancionadas.
Estos hechos históricos evidenciaron una redefinición de los límites del concepto de soberanía, dejando claro que existe una responsabilidad internacional orientada a prevenir atrocidades masivas.
Si partimos de estas premisas, es posible aproximarnos a una comprensión más actual de la soberanía, no basada únicamente en una lógica formal, sino en un análisis racional que nos lleva a cuestionar si, en la actualidad, hablar de soberanía implica permitir que un Estado actúe libremente aun cuando se vulneren los derechos humanos de sus ciudadanos —e incluso de quienes no lo son—. Lo que dejó en claro el Tribunal de Núremberg es que la soberanía no ampara acciones criminales internacionales, como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad o las guerras de agresión injustificadas, pues la protección de los derechos humanos constituye un valor superior.
Bajo esta óptica, la soberanía ya no puede concebirse como un concepto absoluto, sino como uno condicionado. Apelar a ella para justificar atrocidades o cualquier acto criminal resulta claramente contrario a la doctrina y al marco normativo internacional vigente.
En términos modernos, la soberanía propone limitar la posibilidad de que cualquier Estado —entendido como una organización política asentada en un territorio determinado y con una población definida— abuse de su posición y, con ello, vulnere los derechos humanos de las personas bajo su jurisdicción.
Desde esta perspectiva, puede concluirse que el Estado fue creado con la finalidad primordial de establecer una organización y una estructura jurídico-política que otorguen certeza y protección integral a la humanidad frente a la violación sistemática de sus derechos fundamentales. Instrumentalizar este concepto sagrado de soberanía, desvirtuándolo de acuerdo con intereses ideológicos particulares o agendas de poder, resulta claramente contrario y hasta perverso respecto al objetivo mismo del desarrollo contemporáneo y humanista de la soberanía, que debe residir en el pueblo. El problema radica, entonces, en que muchos jefes de Estado recurren a discursos y narrativas alineados más con sus propias ideologías, ambiciones o coyunturas políticas que con las necesidades humanas más urgentes y universales, usando la bandera de la soberanía como un escudo para acciones que, en el fondo, la debilitan. Razón por la cual, como se ha reiterado en distintos espacios académicos, diplomáticos y de la sociedad civil, quienes deben opinar, juzgar y decidir con mayor legitimidad y autoridad moral son precisamente aquellos que se sienten directamente afectados u ofendidos por actos señalados como contrarios a su soberanía, convirtiendo así la soberanía en un principio vivo, democrático y arraigado en la experiencia colectiva, y no en un dogma abstracto manipulado desde el poder.
Al final, queda una verdad incómoda pero ineludible: sólo quienes cargan en la piel y en la vida las consecuencias de los hechos tienen la auténtica autoridad para hablar. Opinar sin conocimiento profundo ni contexto es, en el mejor de los casos, un acto de ligereza; en el peor, una forma de violencia simbólica.
La ciencia exige método, evidencia y rigor para llegar a conclusiones, pero en este y en tantos otros casos, la información disponible se reduce a fragmentos filtrados por el lente mediático. Así, se nos invita a juzgar desde la distancia, sin datos completos y sin asumir responsabilidad alguna.
Por ello, solo quienes conocen de primera mano los actos y sus consecuencias —o quienes al menos se sostienen en datos verificables— pueden aspirar a emitir una opinión que trascienda la ideología y los intereses personales. Y es que la política, lamentablemente, se ha separado tanto de la sociedad y de la humanidad misma que resulta casi imposible conocer las verdaderas intenciones de quienes deciden desde las sombras, protegidos por el poder y alejados de la realidad que dicen representar, pues como expresó Henry John Temple, III vizconde de Palmerston y primer ministro del Reino Unido en el siglo XIX: «No tenemos aliados eternos ni enemigos perpetuos. Nuestros intereses son eternos y perpetuos, y es nuestro deber seguir esos intereses». O, como comúnmente se afirma: en política no existen amistades ni buenas intenciones, sino intereses.