Ciudad Juárez.- El veredicto del Tribunal de Enjuiciamiento, que absolvió a la mujer acusada de privar de la vida a Silvia Kezaline Corona, el 8 de junio de 2019, muestra el pobre trabajo realizado por el Ministerio Público (MP) que no logró aportar los suficientes elementos de prueba a las resolutoras, consideró el doctor en derecho penal José Miramontes Caro.

El exagente del MP e investigador de homicidios de mujeres refirió que es necesario que el personal de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia sea capacitada y actualizada para evitar errores en lo futuro. 

Ana Valeria M.S. fue absuelta el pasado viernes como coautora del delito de homicidio con penalidad agravada por razones de género, previsto y sancionado por el artículo 126bis, párrafo primero, fracciones I y II, y segundo párrafo fracción II, del Código Penal del Estado.

En su resolución, el Tribunal de Enjuiciamiento resolvió que el órgano acusador no cumplió con la promesa que hizo en sus alegatos de apertura, en cuanto a que con los indicios que aportarían al Tribunal, peritos, testigos y familiares de la víctima, conjugados entre sí, acreditarían la teoría del caso de la Fiscalía y se llegaría a la certeza jurídica, más allá de toda duda razonable que la encausada participó en los hechos acusados.

Se expuso que de la información proporcionada por los órganos de prueba que aportó el Ministerio Público no se desprenden datos suficientes y razonables para concluir que la acusada haya ingresado al domicilio ubicado en calle Río Lerma número 1229 del fraccionamiento Los Nogales, después de haber abandonado el casino Juárez, en compañía de José Francisco Corona Barbosa, y que encontrándose en dicho domicilio dio acceso a diversas personas y, que conjuntamente con las personas a las que dio acceso a la vivienda, sometió, golpeó, estranguló y privó de la vida a Silvia Kezaline Corona Montoya el pasado 8 de junio de 2019.

Una de las fallas en las que incurrió el MP fue incorporar la declaración de un perito que no participó en el análisis de una de las evidencias más relevantes, como fue el hallazgo de una huella digital, que correspondía al hermano de la acusada y pareja sentimental de la testigo uno, en el cuerpo de la víctima, evidencia que fue descartada porque quien obtuvo la prueba renunció a la FEM y no pudo comparecer.

La testigo uno se encuentra sentenciada por secuestro y enfrenta una penalidad de 50 años de cárcel. Cuando cometió el delito estaba acompañado por Jonathan Muñoz Sánchez, cuya huella digital apareció en el cuerpo de Kezaline. (Luz del Carmen Sosa)