A estas alturas de la elección judicial se han revelado las fallas de dicho proceso electoral: lo que tendrá que mejorar, lo que deberá mantenerse y lo que, definitivamente, habrá de erradicarse de las reglas de este concurso, al ser la primera experiencia en este tipo de elecciones.
Más allá de lo político y de las injerencias que hubo —y que fueron determinantes para los resultados—, existe un conflicto jurídico, de derechos humanos y de discriminación que se generó en esta elección judicial histórica y que ha sido, y sigue siendo, abordado por los tribunales electorales, con repercusiones para este proceso y los que vengan.
Uno de esos aspectos pasa por el tema de la paridad de género, cuyo análisis y controversia ya “tumbó” a algunos candidatos que habían “ganado” su elección. Varios de ellos eran aspirantes a magistrados públicamente reconocidos como políticos influyentes, particularmente en la ciudad de Chihuahua. Ante la inconformidad de candidatas que obtuvieron más votos que ellos, el tribunal electoral —tanto federal como local— les dio el triunfo a las mujeres.
Partiendo del derecho y la legitimidad que tuvieron las mujeres, con más votos que los hombres, para cuestionar la regla de asignación de lugares, en el próximo proceso electoral judicial la autoridad electoral y los legisladores tendrán que prever ajustes para evitar que esto se repita. El tema de la paridad de género no fue bien abordado ni en los modelos de boletas electorales ni en las reglas del proceso.
Lo anterior, pues asignar el 50/50 en la conformación de los tribunales —incluidos los de Chihuahua, tanto a nivel local como del fuero común— solo provocó confusión y agravios para hombres y mujeres. En efecto, la asignación de lugares para las mujeres no debe entenderse como 50/50, ya que esa proporción debe ser el piso o mínimo, nunca el tope.
Uno de los casos aún en discusión es el de un abogado inmigrante en Ciudad Juárez, de origen mixteco y proveniente de Oaxaca. Se trata de Constantino Hernández López (autorizado por él para revelar su identidad), quien ha salido adelante no solo venciendo la pobreza y la adversidad de ser inmigrante en un entorno distinto, sino también superando la discriminación que en nuestro país todavía genera el ser indígena.
Constantino es el candidato agraviado por las reglas de interpretación que han hecho los tribunales electorales (local y federal) sobre la paridad de género. Al margen de reconocer, como se dijo antes, el derecho de las mujeres que obtuvieron más votos que él y otro candidato para cuestionar el haber sido desplazadas, los argumentos de Constantino para impugnar la pérdida de un lugar que considera obtenido legítimamente son también particularmente válidos.
Como lo señala en su impugnación a la decisión del Tribunal Electoral Local que le quitó su lugar como juez civil electo, el tema de paridad de género no puede analizarse bajo una visión simplista, como en elecciones pasadas donde hombres y mujeres competían directamente entre sí. En su caso, él no compitió contra mujeres, sino contra hombres. Los votantes sufragaron por él en un espacio exclusivo de hombres, donde además eran más los contendientes varones que las mujeres que competían entre sí por un lugar. Por lo tanto, tuvo que vencer a más rivales y, aun así, obtuvo un mayor porcentaje de votación que las mujeres a quienes se les está asignando su lugar, aunque ellas consiguieron más votos en sus respectivos espacios. (Falta ver qué resolverá la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sobre su impugnación).
Además, Constantino reclama discriminación por ser indígena, al habérsele retirado su lugar en favor de una mujer, sin que el Estado lo protegiera como integrante de un pueblo originario. Argumenta que su triunfo tuvo mayor dificultad que el de alguien que no pertenece a un sector vulnerable, y que el tribunal, al privilegiar el derecho de la mujer sobre el de un candidato indígena, incurrió en una doble discriminación: por ser hombre y por no reconocer su pertenencia a un pueblo originario.
Se trata de un debate interesante el que plantea Constantino al defender su lugar como juez civil, obtenido bajo las reglas previamente establecidas, como lo sostiene en su impugnación, y que deberá ser analizado por la Sala Superior.
Considero que, en este caso en particular, por los agravios que hace valer de manera específica, la solución del Tribunal Electoral Federal debería ser ordenar al Poder Judicial la creación de una plaza adicional. Con ello se respetaría el lugar que válidamente obtuvo Constantino entre los hombres, atendiendo a su pertenencia a un sector vulnerable como los pueblos originarios. Él compitió bajo reglas previamente establecidas, donde invariablemente, en su caso, las mujeres tenían mayor probabilidad de obtener más votos por ser menos candidatas en competencia que los hombres, con el mismo número de votantes. Esa falla no fue prevista por la autoridad electoral, y tampoco son culpables las mujeres que, en esas condiciones, obtuvieron más votos que los hombres por el mismo espacio.